Qué facultades tiene las aduanas?

¿Qué función tiene las Aduanas?

Como institución pública, Aduanas cumple funciones claves para el desarrollo del país, ya que tiene un rol preponderante en materia de comercio exterior, especialmente, en la facilitación y agilización de las operaciones de importación y exportación, a través de la simplificación de trámites y procesos.

¿Qué son las facultades de comprobación en materia aduanera?

Es el acto de fiscalización para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y aduaneras por parte de los contribuyentes, los responsables solidarios o terceros con ellos relacionados.

¿Cuáles son las facultades de comprobación de la autoridad aduanera y cómo se aplican?

Todas estas facultades se aplican en el Reconocimiento Aduanero de las mercancías, Verificación en Transporte, Visita domiciliaria al contribuyente y finalmente en la Glosa de Pedimento que se realiza a nivel Central recordar que hoy día toda la documentación viaja de forma electrónica a través de la Ventanilla Única …

¿Cuáles son las 4 facultades de comprobacion?

a) Comprobar si han cumplido con las disposiciones fiscales. b) En su caso, determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales. c) Comprobar la comisión de delitos fiscales. d) Proporcionar información a otras autoridades fiscales.

¿Qué es la facultad de la autoridad aduanera?

Inspeccionar y vigilar permanentemente en forma exclusiva, el manejo, transporte o tenencia de las mercancías en los recintos fiscales y fiscalizados.

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¿Cuáles son las facultades que tiene el SAT?

El SAT publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se delegan diversas facultades a las siguientes áreas:

  • Administración General de Recaudación.
  • Administración General de Aduanas.
  • Administración General de Auditoría Fiscal.
  • Administración General de Auditoría de Comercio Exterior.

¿Cómo inician las facultades de comprobacion?

Las autoridades fiscales podrán ejercer estas facultades conjunta, indistinta o sucesivamente, entendiéndose que se inician con el primer acto que se notifique al contribuyente.

¿Qué facultades de revisión contemplar el art 42 del CFF?

– Las autoridades fiscales podrán solicitar de los contribuyentes, responsables solidarios o terceros, datos, informes o documentos, para planear y programar actos de fiscalización, sin que se cumpla con lo dispuesto por las fracciones IV a IX del artículo 48 de este Código.