Respuesta rápida: Quién es la máxima autoridad de la Universidad Autónoma de Santo Domingo?

¿Quién es la máxima autoridad de una Universidad?

El rector es la máxima autoridad de la Universidad.

¿Cómo se llama el máximo organismo de gobierno colegiado de la Facultad?

El Decano es la primera autoridad de la Facultad y su máximo representante. Como tal, ejerce la dirección y coordinación de las funciones y actividades desarrolladas en el Centro, presidiendo los órganos de gobierno colegiados del mismo y ejecutando sus acuerdos.

¿Quién preside la asamblea de Facultad?

LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA

El Rector, quien la preside. El Vicerrector Académico. El Vicerrector de Investigación. Los Decanos y Vicedecanos en número igual al de Facultades, siendo que cada una de estas autoridades pertenezca a una Facultad distinta.

¿Quién es el Decano de la Universidad?

El Decano es una persona electa por la Asamblea de cada Facultad para presidir la facultad dentro de una Universidad. El término proviene del Latín “decanus”, o “líder de diez”, utilizado originalmente en los monasterios medievales. Éstos, usualmente eran muy grandes e incluían a cientos de monjes.

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¿Qué es un rector en la Universidad?

“El rector es el funcionario académico y administrativo de más alta jerarquía ejecutiva de la Universidad, de la cual es el representante oficial permanente.

¿Cómo está compuesta la estructura de gobierno de la Universidad?

Los órganos del gobierno universitario en cualquiera de los dos modelos antes mencionados son, también tradicionalmente, cinco: dos unipersonales (rector o presidente y decanos o directores de departamentos) y tres colegiados (asamblea, consejo superior y consejos directivos o académicos).

¿Cuáles organismos de Servicios Estudiantiles cuenta la UASD?

Organismos Institucionales

  • Comisión de Extensión de Consejo Universitaria.
  • Consejo General de Extensión.
  • Comité de Extensión de Facultades.
  • Comité de Extensión de Recintos.
  • Centros y Subcentros.

¿Cómo está estructurado el gobierno de la UAS?

La estructura de Gobierno está compuesta por organismos e instancias. Compuesta por las facultades: Artes, Ciencias, Humanidades, Educación, Ciencias Agronómicas y Veterinarias, Ciencias Económicas y Sociales, Ciencias Jurídicas y Políticas, Ciencias de la Salud e Ingeniería y Arquitectura.

¿Quién dirige la Dirección de Educación Fisica UASD?

El doctor León Jon Núñez, director de la escuela, señala que es la meta de ese organismo uasdiano impartir docencia de educación física en toda la geografía nacional, porque existe la conciencia de que esa disciplina es fundamental para el desarrollo del país.

¿Qué pasó en 1801 en la UASD?

Vicisitudes En el año 1801, como consecuencia de la ocupación haitiana al país, la Universidad interrumpió su funcionamiento, porque los dominicos, que la regenteaban, abandonaron la colonia. Se reabrió en el año 1815, al volver la colonia a la soberanía española, pero a partir de entonces adoptó el carácter laico.

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¿Cuántas vicerrectorías hay en la UASD y cuáles son?

Es el caso de la recién electa Emma Polanco, que además de ser la primera mujer rectora de la universidad estatal, también tendrá a su favor en las cuatro vicerrectorías a Antonio Medina, de Extensión; Pablo Valdez, Administrativo; Mauro Canario, de Investigación y Postgrado, y Alejandro Ozuna, Docente.

¿Quién compone la Asamblea universitaria?

La Asamblea Universitaria es el órgano superior de gobierno de la Universidad. La integran el rector y el vicerrector, decanos/as de los Departamentos Académicos, decanos/as de las Sedes Regionales, los miembros del Consejo Superior, miembros de los Consejos Departamentales.

¿Qué función cumple la Asamblea universitaria?

La Asamblea Universitaria es el órgano de gobierno superior de la Universidad. · Elegir Rector y Vicerrector por mayoría absoluta de todos sus miembros. · Crear nuevas facultades o escuelas.

¿Qué hace la Asamblea universitaria UNC?

Artículo 8 – Son atribuciones de la Asamblea Universitaria: a) Dictar y modificar los Estatutos de esta Universidad. b) Separar al Rector y al Vicerrector por las causas establecidas en el Art.