Qué pasa si estoy en baja administrativa UDG?

¿Cómo saber si estoy en baja administrativa UDG?

Si te encuentras en alguna de las siguientes situaciones:

  1. Presentar adeudo de matrícula y/o aportaciones – (Orden de Pago)
  2. Haber dejado de asistir a clases sin haber solicitado licencia.
  3. No haber recursado de inmediato una materia reprobada.
  4. No haber aprobado una materia al haberla recursado.

¿Qué pasa si no pago el semestre en U de G?

( http://siiauescolar.siiau.udg.mx/wus/gupprincipal.inicio ), de no pagar a tiempo serás acreedor a baja administrativa. El pago se refleja en el sistema de 2 a 3 días hábiles después de tu depósito.

¿Qué hacer si estoy en artículo 33 UDG?

ARTÍCULO 33.

Si por cualquier circunstancia no apruebas en ordinario ni extraordinario una materia, tienes derecho a repetirla en el ciclo escolar inmediato siguiente, teniendo la oportunidad de aprobarla en ordinario o extraordinario, si en estas oportunidades no la apruebas, se te dará de baja en la Universidad.

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¿Cuál es el artículo 35 de la UDG?

Artículo 35. Los alumnos que sean dados de baja de la Universidad de Guadalajara conforme a los artículos 32, 33 y 34 de este ordenamiento, no se les autorizará su reingreso a la carrera o posgrado por el cual se les dio de baja.

¿Cuál es la baja administrativa?

Baja administrativa: Comprende la realización de trámites de los vehículos que se encuentran en desuso, inservibles, irreparables u obsoletos. Acuerdo: Documento suscrito por el Consejo de la Judicatura, que autoriza la desincorporación de vehículos oficiales.

¿Qué es una baja administrativa de placas en Jalisco?

Baja administrativa las placas de un vehículo, este trámite es necesario cuando ya no se desea tener vigencia o registro en las actuales placas, por lo tanto las placas dejan de servir.

¿Cómo condonar la orden de pago UDG?

Si deseas solicitar la condonación del pago necesitas entregar en la Coordinación de Control Escolar:

  1. El formato de solicitud de condonación debidamente lleno, puedes imprimirlo de www.escolar.udg.mx.
  2. Orden de pago original.
  3. Carta petitoria explicando las razones por las que solicitas la condonación.

¿Cómo se da de baja en la universidad?

¿Qué tienes que hacer?

  1. Realizar el pago de los derechos arancelarios en la caja de tu Facultad o Entidad Académica por concepto de autorización de la baja definitiva.
  2. Solicitar por escrito la baja definitiva del programa educativo a la Secretaría de la Facultad o Entidad Académica.

¿Cómo registrar la orden de pago de la U de G?

NOTA 2: Si requieres Factura debes solicitarla por correo electrónico a facturacion@udgvirtual.udg.mx; el mismo día que realizas el pago incluyendo:

  1. Nombre, código, CURP y carrera del estudiante.
  2. Nombre o razón social, y domicilio.
  3. Adjuntar copia del RFC al que se ha de facturar.
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¿Qué pasa si repruebo una materia en UDG?

5. ¿Qué pasa si repruebo por primera vez una materia? Tienes que agendarla en el semestre siguiente al que la reprobaste, si dejas pasar un semestre después de reprobarla sin agendarla caerás en baja de la licenciatura por artículo 33 establecido en el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.

¿Qué pasa si me quedo una unidad de aprendizaje a repetir *?

Es importante tomar en cuenta, que al repetir un curso no existe ninguna garantía de aprobar, así como aprobar no significa que el alumno logró un aprendizaje efectivo. De igual modo, un porcentaje o escala de notas no mide el aprendizaje obtenido en el estudiante.

¿Qué pasa si no apruebas una materia en la universidad?

Si no Alcanzas el puntaje de 7 o mas y obtuviste la regularidad de la materia, deberás rendir examen final. Para ello deberás inscribirte a examen en las fechas previstas por la universidad, teniendo en cuenta la fecha del llamado y el límite de horas para la inscripción.

¿Qué pasa si caigo en artículo 35?

El ARTÍCULO 35. Dice que todo alumno que haya sido dado de baja conforme a los artículos 33 y 34 del “Reglamento de Promoción y Evaluación” no se le autorizará su reingreso a la carrera.

¿Qué son los articulos 33 34 y 35 UDG?

Los alumnos en artículo 33, tienen la oportunidad de solicitar cusar la materia(s) por tercera vez (Art 34), comprometiendose a pasar la materia. En caso de no aprobarla el alumno caera en artículo 35 en donde queda automaticamente fuera del plna de estudios que está cursando.

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¿Qué es el artículo 34 UDG?

Artículo 34.

El alumno que haya sido dado de baja conforme al artículo 33 podrá solicitar por escrito a la Comisión de Educación del Consejo de Centro o de Escuela, antes del inicio del ciclo inmediato siguiente en que haya sido dado de baja, una nueva oportunidad para acreditar la materia o materias que adeude.