Cuándo procede la facultad de atracción?

¿Cuándo se ejerce la facultad de atraccion?

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PUEDE EJERCERLA PARA CONOCER DE UN RECURSO DE REVISIÓN EN MATERIA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, CUANDO EN LA RESOLUCIÓN RECLAMADA SE REALIZÓ EL CONTROL DIFUSO DE CONSTITUCIONALIDAD DE UNA NORMA GENERAL. Tesis: 2a. XLVII/2019 (10a.)

¿Quién puede solicitar la facultad de atracción?

a) Tanto el Pleno, como las Salas de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, pueden ejercer la facultad de atracción.

¿Cómo se ejerce la facultad de atraccion?

La facultad de atracción se podrá ejercer de oficio por el Pleno o por las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, o por petición fundada de parte legitimada, de donde se colige que su formulación solamente puede hacerse por: 1. Los Ministros del Alto Tribunal; 2.

¿Qué es la facultad de atraccion y quién la ejerce?

La facultad de atracción es una figura procesal de configuración constitu- cional que permite a la Suprema Corte de Justicia de la Nación conocer, de manera excepcional y discrecional, asuntos que no son de su competencia originaria, pero que por su trascendencia e importancia ameritan ser resueltos por dicho órgano.

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¿Qué es la facultad de atraccion en materia penal?

Su texto es el siguiente: “La facultad discrecional de atracción es el medio excepcional de control de la legalidad con rango constitucional con el que cuenta la Suprema Corte de Justicia de la Nación para atraer asuntos que, en principio, no son de su competencia originaria, pero que revisten interés y trascendencia.

¿Qué casos atrae la Suprema Corte de Justicia?

La SCJN atrae casos sobre presuntas violaciones a los derechos humanos. El 17 de marzo de 2010, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ejercer su facultad de atracción respecto a dos casos de presuntas violaciones a los derechos humanos, por considerarlos de interés y trascendencia.

¿Quién es el facultado para la solicitud de la investigación de manera oficiosa por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación?

EL JEFE DE GOBIERNO TIENE LEGITIMACIÓN ACTIVA PARA SOLICITAR QUE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EJERZA LA FA-CULTAD PREVISTA EN EL PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 97 DE LA CONS-TITUCIÓN FEDERAL.

¿Qué es un juicio de atraccion?

Es la petición formulada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por considerar que es necesaria su intervención para la resolución de un asunto por sus características especiales de interés o trascendencia para el Estado Mexicano.

¿Cómo funciona la Suprema Corte de Justicia de la Nación?

De acuerdo con nuestra Constitución, la SCJN se compone de once ministros –cuyo cargo dura quince años– y funcionará, a su vez, en dos órganos: Pleno y Salas. Su presidente se elige por cuatro años, sin posibilidad de reelección. La Corte sesiona en dos periodos ordinarios anuales.

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¿Cómo se determina la competencia en el juicio de amparo?

Los tribunales colegiados de circuito son competentes para conocer del juicio de amparo directo. La competencia de los tribunales se fija de acuerdo con la residencia de la autoridad que haya dictado el acto reclamado y, en su caso, atendiendo a la especialización por materia.

¿Qué es facultad de ejercicio?

La capacidad de obrar o capacidad de ejercicio en Derecho, consistente en la cualidad jurídica de la persona que determina la eficacia de los actos realizados por ella según su , es decir, la posibilidad que tiene cada persona de actuar en la vida conforme a dicho estado.